martes, 25 de noviembre de 2014



 
 
TRIBUTACIÓN

 
1.¿QUE ES TRIBUTACIÓN?

Es considerada un problema tanto económico como político, pues en ella confluyen aspectos referidos a ambos campos de actividad: por una parte están los efectos de la tributación sobre las actividades productivas, sobre el nivel de Gasto del Estado y el Equilibrio de sus presupuestos, y sobre la Distribución de la Riqueza; por otra parte están las formas de consenso o de decisión política que se utilizan para determinar la magnitud, estructura y tipo de los impuestos que se cobran.

2.¿QUE ES SISTEMA TRIBUTARIO?

Es la organización legal, administrativa y técnica que crea el Estado con el fin de ejercer de forma eficaz y objetiva el poder tributario.

Los tributos son obligaciones dinerarias impuestas unilateralmente y exigidas por la administración pública a partir de una ley, cuyo importe se destina a solventar el gasto público. Por lo tanto, es una prestación patrimonial de carácter público que se exige a los particulares.

 

3.- ¿EN QUE CONSISTE LA TRIBUTACIÓN?

La tributación consiste en realizar las aportaciones que exige el Estado para la financiación de las necesidades colectivas de orden público. Existen tres clases principales de tributos. Los impuestos, como el IRPF o el IVA, son exigidos por el Estado sin que exista ninguna contraprestación específica. Las contribuciones, como el IBI, se dan cuando se produce un aumento en el valor de un determinado bien como contraprestación de una obra o servicio público. Finalmente, las tasas son tributos que se exigen para el aprovechamiento privativo de un dominio o servicio público

 

4.-¿Por qué DEBEMOS TRIBUTAR?

 

La tributación es de suma importancia para el Estado, pues permite que se pueda proporcionar a la población los servicios básicos que ésta requiere. El cobro de los tributos se realiza en base a la fuerza de las leyes tributarias y apelando a la razón mediante una cultura tributaria y de conciencia colectiva adecuada.

 


  


martes, 11 de noviembre de 2014

DERECHOS

Del Derecho se ha dicho que es un conjunto de normas jurídicas que forman un sistema hermético al punto que las soluciones hay que buscarlas en las propias normas, criterio válido durante mucho tiempo y que, por lo demás, hay cierta cuota de certeza que ofrece seguridad jurídica a las relaciones sociales que se desarrollan en ese lugar.

En principio, digamos que es un conjunto de normas de carácter general, que se dictan para regir sobre toda la sociedad o sectores preestablecidos por las necesidades de la regulación social, que se imponen de forma obligatoria a los destinatarios, y cuyo incumplimiento debe acarrear una sanción coactiva o la respuesta del Estado a tales acciones. Estas normas no son resultado solamente de elementos racionales, sino que en la formación de las mismas inciden otros elementos, tales como intereses políticos y socioeconómicos, de valores y exigencias sociales predominantes, en tanto condicionan una determinada voluntad política y jurídica, que en tanto se haga dominante se hace valer a través de las normas de Derecho. A su vez esas normas expresan esos valores, conceptos y exigencias, y contendrán los mecanismos para propiciar la realización de los mismos a través de las conductas permitidas, prohibidas o exigidas en las diferentes esferas de la vida social.
La diversidad social y de esferas en que metodológica y jurídicamente se pueden agrupar, es consecuencia del nivel de desarrollo no sólo de las relaciones, sino también de la normativa y de las exigencias de progreso de las mismas, pero aún con esta multiplicidad de normativas existentes, el Derecho ha de ser considerado como un todo, como un conjunto armónico. Esa armonía interna puede producirse por la existencia de la voluntad política y jurídica que en ellas subyace. En sociedades plurales la armonía de la voluntad política depende de la coincidencia de intereses de los grupos políticos partidistas predominantes en el poder legislativo y en el poder ejecutivo, así como de la continuidad de los mismos en el tiempo. Cambios también se pueden producir con las variaciones de los intereses socio-económicos y políticos predominantes, al variar la composición parlamentaria o del gobierno. Asimismo, en sociedades monopartidistas y con presupuesto de la unidad sobre la base de la heterogeneidad social existente, la armonía de la voluntad normativa es mucho más factible si bien menos democrática, lo que no quiere decir que se logre permanentemente; la base de la armonía radica en los intereses únicos del partido.

DEFENSA CIVIL



El Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) es un organismo público, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, cuya labor es procurar una óptima respuesta de la sociedad en caso de desastres, supervisar la atención de las personas afectadas por los mismos, coordinar con las entidades responsables las acciones requeridas para atender la emergencia, rehabilitar las áreas afectadas, y coordinar con los gobiernos regionales y locales la evaluación de daños y las necesidades en caso de desastre.El Indeci fue creado mediante Ley Nº 29664 del 19 de febrero de 2011, con la cual se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) como un sistema descentralizado, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a los desastres.

FUNCIONES
Asesorar al ente rector del SINAGERD la normativa que asegure los procesos técnicos y administrativos que faciliten la preparación, respuesta y rehabilitación.
Desarrollar estrategias de comunicación, difusión y sensibilización a nivel nacional sobre las políticas, normas, instrumentos de gestión y herramientas técnicas para la preparación, respuesta y rehabilitación en coordinación con las instituciones competentes.
Realizar a nivel nacional, la supervisión, seguimiento y evaluación de la implementación de los procesos de preparación, ry rehabilitación.
Promover la estandarización y articulación de protocolos de operación de las entidades que participen en el proceso de respuesta, así como en la simulación y simulacros.
Promover la instalación y actualización de los sistemas de alerta temprana y medios de comunicación sobre emergencias y desastres.
Coordinar la participación de entidades y agencias de cooperación nacional e internacional para los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación.
Representar al SINAGERD en foros y eventos nacionales e internacionales relacionados a los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación.
Coordinar la asistencia humanitaria solicitada por los países afectados por los desastres, conforme a la normatividad vigente.
Emitir opinión técnica a la Presidencia del Consejo de Ministros sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia o ante la ocurrencia de un peligro inminente o desastre.
Coordinar la respuesta ante desastres, cuando la sobrepasen la capacidad de los gobiernos regionales y locales.
Administrar los Almacenes Nacionales de Defensa Civil para la atención oportuna de emergencias o cuando el peligro inminente requiera la participación de las entidades nacionales.
Proponer la normativa para la coordinación y distribución de los recursos de ayuda humanitaria.
Emitir opinión técnica sobre proyectos normativos, convenios, acuerdos, tratados y otros instrumentos nacionales o internacionales vinculados a la preparación, respuesta y rehabilitación.
Diseñar y proponer la política para el desarrollo de capacidades en la administración pública en lo que se refiere a gestión reactiva del riesgo.
Promover el desarrollo de capacidades humanas para la preparación, respuesta y rehabilitación en las entidades públicas, sector privado y ciudadanía en general.
Realizar estudios e investigaciones inherentes a la preparación, respuesta y rehabilitación, así como supervisar, monitorear y evaluar la implementación de los procesos.
Emitir opinión técnica en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación para la elaboración de la estrategia de gestión financiera a cargo del MEF.
Orientar y promover los lineamientos para la formación y entrenamiento del personal operativo que interviene en la preparación, respuesta y rehabilitación.
Apoyar y facilitar la operación conjunta de los actores que participan en la respuesta en el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional y administrar sus instalaciones e instrumentos de soporte.
Coordinar con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, en representación del SINAGERD.

IDENTIDAD

QUECHUA :

El quechua o quichua es una familia de lenguas originarias de los Andes centrales que se extiende por la parte occidental de Sudamérica a través de seis países.El rango de hablantes de quechua varía desde ocho a diez millones de usuarios. Es la segunda familia lingüística más extendida en BoliviaPerú y Ecuador después de la indoeuropea. Cede en importancia social y crematística al castellano.
Algunas propiedades comunes de las lenguas de esta familia son la morfología aglutinante y el uso de importantes números de sufijos que se unen a raícesregulares para formar palabras con una gran plasticidad de significados. Entre sus características gramaticales notables se incluyen la concordancia de los verbos con el sujeto y el objeto (conjugación bipersonal), la indicación de la fuente y la veracidad del conocimiento expresado (evidencialidad), una partícula de tópico y sufijos que indican quién se beneficia de una acción y de la actitud del hablante al respecto. Algunas lenguas y variedades pueden carecer de algunas de estas características.

DANZA:

La danza o el baile es una forma de arte en donde se utiliza el movimiento del cuerpo, usualmente con música, como una forma de expresión, de interacción social, con fines de entretenimientoartísticos o religiosos. Es el movimiento en el espacio que se realiza con una parte o todo el cuerpo del ejecutante, con cierto compás o ritmo como expresión de sentimientos individuales, o de símbolos de la cultura y la sociedad. En este sentido, la danza también es una forma de comunicación, ya que se usa el lenguaje no verbal entre los seres humanos, donde el bailarín o bailarina expresa sentimientos y emociones a través de sus movimientos y gestos. Se realiza mayormente con música, ya sea una canciónpieza musical o sonidos.

Dentro de la danza existe la coreografía, que es el arte de crear danzas. La persona que crea coreografía, se le conoce como coreógrafo. La danza se puede bailar con un número variado de bailarines, que va desde solitario, en pareja o grupos, pero el número por lo general dependerá de la danza que se va a ejecutar y también de su objetivo, y en algunos casos más estructurados, de la idea del coreógrafo.

CRIOLLO:

En Perú el término "criollo" ha seguido un curso diferente. Tiene varios significados, muchos de los cuales carecen de valor racial, social o étnico. Generalmente se usa como adjetivo calificativo para la música de la región de la costa, específicamente con géneros como "vals criollo" o marinera o tondero, u otros con fuertes orígenes afroperuanos, tales como el festejo u otros. Conocidos intérpretes de esta música tienen nombres como Los Embajadores CriollosLos Troveros Criollos, Las Criollitas y otros. Se usa además para calificar la "comida criolla" o comida típica de la región de la costa peruana como el "ceviche" o tal vez "chupe de camarones" o la "jalea", et

se originó por las costumbres de los descendientes de españoles de viajar por el interior del país donde tomaban con engaños las posesiones de los habitantes locales incluidas sus hijas, mujeres y/o bienes materiales, confiados en la credulidad de los nativos, siendo los culpables inmunes a la ley o la justicia por la corrupción existente, también practicada por "criollos". Sin embargo, en el pueblo, hay un sentimiento de orgullo en decirse "criollo" o persona del pueblo. En este sentido, el "criollo" es el hombre común costeño, criado en cultura popular, comiendo comida criolla y escuchando música criolla, con un orgullo de su herencia española, indígena y afroperuana, mestiza, en contraposición a los de clases altas con tendencias eurófilas y amantes de influencias extranjeras, especialmente de Estados Unidos.

martes, 4 de noviembre de 2014


ATENTADO CONTRA EL ESTADO DE DERECHO


Increíble, pero cierto. Nadie en la historia de la democracia lo había conseguido, y Gallardón, él solito con la Ley de Tasas lo ha logrado; el rechazo total de la comunidad jurídica; todos los togados a la calle en pie de guerra; fiscales, secretarios, procuradores, abogados y jueces de todos los pelajes coinciden en su diagnóstico: atentado contra el Estado de derecho. No se trata de privatizar la justicia, se trata de suprimirla. A partir de ahora el Estado se desentiende de garantizar el cumplimiento del derecho a la justicia universal a todos por igual, sin discriminación por sus recursos económicos, como manda la Constitución. Ahora solo se tendrá que garantizar la tutela judicial efectiva a los ciudadanos ricos, los de las grandes fortunas, de las sicavs y a las empresas del Ibex-35, dejando a su suerte a la clase media. La justicia es un valor superior, consecuentemente no es un servicio público sino que la justicia es la acción y el resultado del ejercicio de la función jurisdiccional del Estado y por ello un valor superior en el que se sustenta la Constitución, de donde emana la potestad jurisdiccional. Por tanto no se puede cobrar por su prestación y menos con esos criterios y cuantías. Hay que acometer reformas en leyes tan vetustas como los códigos civil y de comercio o la Ley de Enjuiciamiento Criminal del siglo XIX o la hoy tan criticada Ley Hipotecaria del siglo pasado y regular de manera clara la socialmente demandada dación en pago.